Art. 2
En vigor desde 6 jun 2011
Artículo 2
El texto del punto 5 «Comisión Administrativa sobre la Seguridad Social de los Trabajadores Migrantes» del Protocolo 37, que contiene la lista contemplada en el artículo 101 del Acuerdo se sustituye por el siguiente texto:
«Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social [Reglamento (CE) no 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo].».
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