Art. 1
En vigor desde 1 jun 2011
Artículo 1
El diclorán no se incluirá como sustancia activa en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2011:329:oj#art-1