Art. 3
En vigor desde 30 may 2011
Artículo 3
1. Queda aprobado el proyecto de programa de ajuste económico y financiero (en lo sucesivo, «el Programa»), elaborado por las autoridades portuguesas.
2. El desembolso de cada uno de los tramos siguientes al primero estará supeditado a una aplicación satisfactoria del Programa y, particularmente, al cumplimiento de las condiciones específicas de política económica establecidas en el Protocolo de Acuerdo. Estas condiciones incluirán, entre otras, las medidas mencionadas en los apartados 4 a 8 del presente artículo.
3. El déficit de las administraciones públicas no rebasará 10 068 millones EUR (cifra equivalente al 5,9 % del PIB según las previsiones actuales) en 2011, 7 645 millones EUR (4,5 % del PIB) en 2012, y 5 224 millones EUR (3,0 % del PIB) en 2013, de conformidad con las exigencias del procedimiento de déficit excesivo. Para el cálculo de este déficit no se tendrán en cuenta los posibles costes presupuestarios de las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la estrategia del Gobierno para el sector financiero. El saneamiento se logrará con medidas permanentes de elevada calidad y minimizando los efectos sobre los grupos vulnerables.
4. Portugal adoptará las medidas especificadas en los apartados 5 a 8 antes de la finalización del año indicado, debiendo fijarse los plazos exactos para los años 2011-2014 en el Protocolo de Acuerdo. Portugal estará dispuesto a adoptar medidas de saneamiento adicionales para reducir el déficit por debajo del 3 % del PIB en 2013 a más tardar en caso de que se produzcan desviaciones respecto de los objetivos.
5. Portugal adoptará las medidas siguientes antes de finalizar 2011, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:
a)
Portugal aplicará plenamente las medidas de saneamiento presupuestario previstas en el presupuesto para 2011, de un importe aproximado de 9 000 millones EUR, y medidas adicionales que habrá de introducir antes de mayo de 2011 por un importe superior a 400 millones EUR. Estas medidas tenderán a una reducción del déficit de las administraciones públicas dentro del calendario contemplado en el apartado 3. Las medidas en materia de ingresos previstas en el presupuesto para 2011, por importe de 3 400 millones EUR, se completarán con un aumento de las cotizaciones sociales gracias a una inspección más estricta y a la cotización obligatoria de los trabajadores en prácticas. Además de las medidas de gasto previstas en el presupuesto para 2011, se aplicarán medidas adicionales tales como ahorros en el sector sanitario, reducciones de las subvenciones a las empresas públicas («EP») y reducciones de las transferencias sociales;
b)
Portugal adoptará medidas que refuercen una estrategia presupuestaria creíble y consoliden su marco presupuestario. Portugal aplicará plenamente las medidas previstas en la nueva Ley marco presupuestaria tales como el establecimiento de un marco presupuestario a medio plazo, la preparación de un análisis a fondo de la estrategia presupuestaria y la creación de un consejo presupuestario independiente. Los marcos de financiación local y regional se adaptarán a la nueva Ley marco presupuestaria. Portugal mejorará la información y el seguimiento de las finanzas públicas, especialmente en el caso de los pagos atrasados. Portugal iniciará un análisis sistemático y regular de los riesgos presupuestarios como parte del procedimiento presupuestario, con inclusión de los riesgos derivados de las asociaciones público-privadas («APP») y de las EP;
c)
Portugal adoptará la primera serie de medidas encaminadas a reforzar el funcionamiento del mercado de trabajo, limitando las indemnizaciones por despido y aumentando la flexibilidad de los acuerdos sobre el horario de trabajo;
d)
en el sector de la energía, Portugal adoptará medidas para facilitar el acceso al mercado y promover el establecimiento de un mercado ibérico del gas y reexaminará los regímenes de apoyo y compensación para la producción de electricidad. Para las otras industrias de redes, en particular, para el transporte, las telecomunicaciones y los servicios postales, Portugal adoptará medidas adicionales encaminadas a promover la competencia y la flexibilidad;
e)
Portugal tomará urgentemente medidas tendentes a fomentar la competencia y la capacidad de ajuste de la economía. Esto incluye la abolición de los derechos especiales del Estado en las empresas, una revisión del derecho de la competencia para hacerlo más eficaz y una disminución de los requisitos para el establecimiento y las prestaciones transfronterizas en los sectores de servicios;
f)
Portugal mejorará sus prácticas y disposiciones en materia de contratación pública a fin de reforzar la competencia entre las empresas y aumentar la eficiencia del gasto público.
6. Portugal adoptará las medidas siguientes en 2012, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:
a)
el presupuesto para 2012 incluirá una nueva calibración del sistema tributario que sea neutral desde el punto de vista del presupuesto con vistas a reducir los costes laborales y aumentar la competitividad;
b)
el presupuesto para 2012 incluirá medidas de saneamiento presupuestario de un importe mínimo de 5 100 millones EUR tendentes a una reducción del déficit de las administraciones públicas conforme al calendario establecido en el artículo 3, apartado 3;
c)
el presupuesto contemplará una reducción del gasto en 2012 de 3 500 millones EUR como mínimo, debiendo incluir: una reorganización global de la Administración central con la eliminación de duplicaciones y otras ineficiencias; recortes en los sectores de la educación y la sanidad, reducción de las transferencias a las autoridades regionales y locales y reducción del empleo del sector público; un ajuste de las pensiones; y reducciones de los gastos de capital y de otros gastos, según lo establecido en el Programa;
d)
por el lado de los ingresos, el presupuesto incluirá medidas por un importe total de aproximadamente 1 500 millones EUR en un año completo, debiendo incluir, entre otras: ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta reduciendo las deducciones impositivas y los regímenes especiales; convergencia de las deducciones impositivas del impuesto sobre la renta aplicables a las pensiones y a las rentas del trabajo; modificación de la imposición sobre bienes inmuebles reduciendo sustancialmente las exenciones; ampliación de las bases del IVA disminuyendo las exenciones y revisando las listas de los bienes y servicios sometidos al tipo reducido, intermedio y superior; y aumento de los impuestos especiales. Estas medidas se completarán con acciones encaminadas a combatir la evasión fiscal, el fraude y la economía informal;
e)
Portugal establecerá un marco jurídico e institucional reforzado para evaluar los riesgos presupuestarios antes de celebrar un contrato de APP. De forma similar, Portugal adoptará una ley para regular la creación y funcionamiento de las EP a nivel central, regional y local. Portugal se abstendrá de participar en ninguna nueva APP o de crear EP en tanto no se hayan efectuado los análisis y no se haya establecido la nueva estructura jurídica;
f)
la administración local en Portugal cuenta actualmente 308 municipios y 4 259 parroquias. Portugal debe elaborar un plan de consolidación para reorganizar y reducir de manera significativa el número de estas entidades. Las citadas modificaciones deben ser efectivas antes del inicio del próximo ciclo electoral local;
g)
Portugal modernizará su administración fiscal creando una entidad única, reduciendo el número de oficinas municipales y abordando los estrangulamientos persistentes en el sistema de recursos en materia fiscal;
h)
Portugal introducirá legislación encaminada a reformar el régimen del seguro de desempleo, con inclusión de una reducción del período máximo de obtención del subsidio de desempleo a 18 meses, la limitación de las prestaciones de desempleo a 2,5 veces el índice de ayuda social, una reducción de las prestaciones durante el período de desempleo, una disminución del período mínimo de contribución, y la extensión a determinadas categorías de trabajadores por cuenta propia. Se reforzarán las políticas activas del mercado de trabajo tras una revisión de las prácticas actuales y la aprobación de un plan de acción;
i)
el sistema de indemnizaciones por despido se armonizará con las prácticas de otros Estados miembros de la Unión, según lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo;
j)
se flexibilizará la normativa sobre la retribución de las horas extraordinarias y se aumentará la flexibilidad de los acuerdos sobre el horario de trabajo de conformidad con el Protocolo de Acuerdo;
k)
Portugal promoverá una evolución de los salarios compatible con los objetivos de fomentar la creación de empleo y mejorar la competitividad de las empresas, a fin de corregir los desequilibrios macroeconómicos. Solo se podrá aumentar el salario mínimo si ello está justificado por la evolución de la situación económica y del mercado de trabajo. Portugal tomará medidas tendentes a eliminar los puntos débiles de los actuales regímenes de negociación salarial, con inclusión de legislación encaminada a redefinir los criterios y modalidades de la extensión de los convenios colectivos y a facilitar los acuerdos a nivel de empresa;
l)
se establecerá un plan de acción para mejorar la calidad de la enseñanza secundaria y de la formación profesional;
m)
el funcionamiento del sistema judicial se mejorará mediante la aplicación de las medidas propuestas en el marco de la reforma judicial y la instrucción de los casos pendientes, con objeto de diseñar medidas encaminadas a eliminar los retrasos judiciales y fomentar nuevas modalidades de resolución de litigios;
n)
las condiciones de competencia se mejorarán reforzando la independencia y aumentando los recursos de las autoridades reguladoras nacionales. Se liberalizarán los servicios profesionales mejorando el marco de las cualificaciones profesionales y eliminando las restricciones de acceso a las profesiones reguladas;
o)
se eliminarán las tarifas reguladas en los mercados minoristas de la electricidad y del gas.
7. Portugal adoptará las medidas siguientes en 2013, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:
a)
el presupuesto para 2013 incluirá medidas de saneamiento presupuestario de un importe mínimo de 3 200 millones EUR tendentes a una reducción del déficit de las administraciones públicas conforme al calendario establecido en el artículo 3, apartado 3. En particular, el presupuesto deberá contemplar una reducción de los gastos en 2013 de como mínimo 2 500 millones EUR, incluyéndose: una reducción de los gastos de la Administración central y de los gastos en educación y sanidad; menores transferencias a las administraciones locales y regionales; reducción del número de empleados del sector público; y disminución de los costes de las EP;
b)
el presupuesto incluirá, en materia de ingresos, medidas tales como una nueva ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta, un aumento de los impuestos especiales y una modificación de la imposición sobre bienes inmuebles, que generen ingresos adicionales por valor de cerca de 800 millones EUR. Portugal mejorará el entorno empresarial reduciendo las trabas administrativas, al hacer extensivas a todos los sectores de la economía las medidas de simplificación (ventanilla única y proyectos sin autorización previa), y disminuyendo las restricciones de crédito de las PYME, en particular mediante la aplicación de la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (2);
c)
Portugal completará la eliminación de los retrasos judiciales.
8. Con vistas a restablecer la confianza en el sector financiero, Portugal recapitalizará de manera adecuada su sector bancario y procederá de forma ordenada a su desapalancamiento y pondrá fin al asunto relativo al Banco Português de Negócios. A este respecto, Portugal desarrollará y acordará con la Comisión, el BCE y el FMI, una estrategia para la estructura y el funcionamiento futuros de los grupos bancarios portugueses a fin de mantener la estabilidad financiera. En particular, y de acuerdo con los plazos exactos para los años 2011-2014 fijados en el Protocolo de Acuerdo, Portugal:
a)
modificará la legislación para facilitar la emisión de obligaciones bancarias con la garantía del Estado por un importe adecuado, de conformidad con el Protocolo de Acuerdo;
b)
adoptará, antes de finales de mayo de 2011, los requisitos reglamentarios necesarios relativos a un aumento del ratio del capital básico de clase 1 al 9 % a final de 2011 y al 10 % a final de 2012 (que se mantendrán posteriormente);
c)
garantizará que, antes de finales de junio de 2011, los bancos elaboren planes de financiación a medio plazo, específicos para cada institución para lograr una posición de financiación estable basada en el mercado, de acuerdo con los objetivos para los ratios de desapalancamiento establecidos periódicamente por el Banco de Portugal y por el BCE. La viabilidad de estos planes de financiación y las respectivas implicaciones para los ratios de desapalancamiento serán examinadas por el Banco de Portugal y por el BCE, consultando a la Comisión y al FMI sobre una base trimestral;
d)
indicará de forma clara y periódica objetivos para los coeficientes de apalancamiento de los bancos y reforzará en 2011 el marco de evaluación en materia de solvencia y desapalancamiento;
e)
garantizará que la Caixa Geral de Depósitos, de propiedad estatal, siga un procedimiento de racionalización para lograr la capitalización necesaria de su principal rama bancaria e iniciará un proceso para la venta acelerada del Banco Português de Negócios. Con este fin, Portugal presentará un nuevo plan a la Comisión para su aprobación conforme a las normas que rigen el control de las ayudas estatales;
f)
modificará, antes de finales de 2011, la legislación relativa a la intervención anticipada y a la resolución de las crisis de los bancos, así como la legislación relativa al Fondo de Garantía de Depósitos y al Fondo de Garantía para las instituciones de Crédito Agrícola Mutuo, con vistas a proteger a los depositantes y a facilitar la reestructuración. En particular, estos fondos deberán seguir siendo utilizados para financiar la resolución de las crisis de las instituciones de crédito con dificultades pero no para recapitalizar tales instituciones. Dicha financiación estará limitada al importe de los depósitos garantizados que habrían de pagarse en caso de liquidación y solamente se autorizarán si no perjudican a la capacidad de dichos fondos para realizar su función principal;
g)
modificará, antes de finales de 2011, la ley sobre la insolvencia, de manera que los depositantes que dispongan de una garantía y/o los fondos (directamente o mediante subrogación) sean prioritarios respecto de los acreedores que no dispongan de una garantía en lo que se refiere a la masa de las instituciones de crédito insolventes y para apoyar mejor a la recuperación efectiva de las empresas viables;
h)
animará a los inversores del sector privado a mantener, sobre una base voluntaria, las posiciones generales de riesgo a las que estén expuestos.
9. Con el fin de garantizar una correcta aplicación de las condiciones asociadas al Programa, y contribuir a la corrección de los desequilibrios de forma sostenible, la Comisión proporcionará, de forma continua, asesoramiento y orientación sobre las reformas presupuestarias, del mercado financiero y estructurales. En el marco de la ayuda que ha de facilitar a Portugal, junto con el FMI y en coordinación con el BCE, la Comisión analizará periódicamente la eficacia y los efectos económicos y sociales de las medidas acordadas, y recomendará las correcciones necesarias con vistas a fomentar el crecimiento y la creación de empleo, garantizar el saneamiento presupuestario necesario y minimizar los efectos sociales perjudiciales, particularmente sobre los miembros más vulnerables de la sociedad portuguesa.
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