Art. 2

En vigor desde 30 may 2011
Artículo 2 La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación. La presente Decisión será de aplicación desde el 1 de enero de 2012 hasta la fecha de entrada en vigor de una directiva por la que se modifiquen los importes de los límites máximos de volumen de negocios anual por debajo de los cuales los sujetos pasivos puedan beneficiarse de una franquicia del IVA, o hasta el 31 de diciembre de 2014, si esta fecha fuera anterior a aquella.
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eli:dec_impl:2011:335:oj#art-2

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