Art. 1
En vigor desde 18 ene 2011
Artículo 1
El artículo 3 de la Decisión 2007/884/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 3
La presente Decisión expirará el día en que entren en vigor las normas de la Unión que determinen los gastos relacionados con los vehículos automóviles que no den derecho a una deducción completa del IVA o el día 31 de diciembre de 2013, si esta fecha es anterior.
Cualquier solicitud de prórroga de las medidas contempladas en la presente Decisión se presentará a la Comisión a más tardar el 1 de abril de 2013.
Cualquier solicitud de prórroga de dichas medidas irá acompañada de un informe que incluya un estudio de la limitación del porcentaje aplicado sobre el derecho de deducción del IVA correspondiente al alquiler o el arrendamiento financiero de los vehículos no utilizados íntegramente con fines profesionales.».
Historial de versiones
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Proeli:dec_impl:2011:37:oj#art-1