Art. 1

Misión

En vigor desde 12 ago 2010
Artículo 1 Misión 1.   Se prorroga desde el 15 de septiembre de 2010 hasta el 14 de septiembre de 2011 la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia («EUMM Georgia» o la «Misión») establecida por la Acción Común 2008/736/PESC. 2.   La EUMM Georgia actuará en consonancia con el mandato que figura en el artículo 2 y desempeñará los cometidos que figuran en el artículo 3.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2010:452:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil