Art. 3
En vigor desde 27 jul 2010
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Será aplicable hasta el 14 de octubre de 2011.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2010:431:oj#art-3