Art. 1
En vigor desde 12 jul 2010
Artículo 1
1. Se asigna una cantidad de 150 millones EUR procedente de los fondos liberados de proyectos correspondientes al 9o FED y a los FED anteriores con el fin de abordar las necesidades de la población más vulnerable de Sudán. El 2 % de esta cantidad se destinará a cubrir los gastos de las medidas de apoyo realizados por la Comisión.
2. Estos fondos se gestionarán a través de una gestión centralizada y conjunta de conformidad con las normas y los procedimientos aplicables para el 10o FED.
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