Art. 3
En vigor desde 30 abr 2010
Artículo 3
El importe máximo de la contribución de la Unión Europea para la ejecución de la acción preparatoria se ha fijado en 2 000 000 EUR y se financiará con cargo a la línea presupuestaria 17 04 03 03 del presupuesto general de la Unión Europea para 2010.
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