Art. 3

En vigor desde 31 mar 2010
Artículo 3 El comandante de la misión de la UE EUTM Somalia queda autorizado, con efectos inmediatos, para dictar la orden de activación (ACTORD) a fin de efectuar el despliegue de las fuerzas y de dar comienzo a la ejecución de la misión.
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eli:dec:2010:197:oj#art-3

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