Art. 2
En vigor desde 19 mar 2010
Artículo 2
Los materiales y objetos plásticos fabricados con 2,4,4’-tricloro-2’-hidroxidifenil éter introducidos en el mercado antes del 1 de noviembre de 2010, podrán seguir comercializándose hasta el 1 de noviembre de 2011, con arreglo a la legislación nacional.
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