Art. 1

En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 1 En el anexo de la Directiva 2003/23/CE, en la fila relativa al oxasulfurón, en la cuarta columna (pureza), el término «960 g/kg» se sustituye por «930 g/kg».
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eli:dec:2009:874:oj#art-1

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