Art. 2
En vigor desde 28 oct 2009
Artículo 2
La ayuda estatal existente concedida a Cowal Ferries Ltd en relación con la explotación de la ruta Gourock-Dunoon es compatible con el artículo 86, apartado 2, del Tratado, a condición de que el Reino Unido acepte aplicar las medidas apropiadas de conformidad con el artículo 19 del Reglamento (CE) no 659/1999.
En particular, el Reino Unido deberá iniciar los procedimientos necesarios para lanzar una licitación pública para la ruta Gourock-Dunoon antes del 31 de diciembre de 2009. El contrato de servicio público posterior debe entrar en vigor antes del 30 de junio de 2011.
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