Art. 1

En vigor desde 9 oct 2009
Artículo 1 Las especificaciones sobre la resolución y el uso de impresiones dactilares a efectos de la verificación e identificación biométricas en el Sistema de Información de Visados serán las establecidas en el anexo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2009:756:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil