Art. 1
En vigor desde 20 ago 2009
Artículo 1
De conformidad con el Reglamento (CE) no 1234/2007, queda autorizada la utilización en Eslovaquia de los siguientes métodos de clasificación de canales de cerdo:
a)
el aparato denominado «Two-point (Zwei punkte — ZP)» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte 1 del anexo;
b)
el aparato denominado «Fat-O-Meater (FOM)» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte 2 del anexo;
c)
El aparato denominado «Ultrafom 300 (UFOM)» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte 3 del anexo.
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