Art. 1

En vigor desde 3 jul 2009
Artículo 1 El anexo I, artículo 23, apartado 4, del Reglamento (CE) no 71/2008, se sustituye por el texto siguiente: «4.   Las condiciones de los derechos y licencias de acceso entre las entidades jurídicas que hayan celebrado un acuerdo de subvención con la Empresa Común Clean Sky quedarán determinadas en el acuerdo de subvención en todo lo referente a los conocimientos previos y los conocimientos adquiridos empleados en la realización de los proyectos, así como a los conocimientos adquiridos y los conocimientos previos necesarios para utilizar los conocimientos adquiridos.».
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eli:dec:2009:520:oj#art-1

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