Art. 2

En vigor desde 12 jun 2009
Artículo 2 La presente Decisión será aplicable desde el 16 de junio de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2009:462:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil