Art. 1

En vigor desde 22 abr 2009
Artículo 1 La Proteína Estructurante del Hielo de tipo III HPLC 12 especificada en el anexo podrá comercializarse en el mercado comunitario como nuevo ingrediente alimentario para la preparación de hielos alimenticios. El contenido de la Proteína Estructurante del Hielo de tipo III HPLC 12 en hielos alimenticios no excederá del 0,01 %.
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