Art. 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
En vigor desde 10 mar 2009
Artículo 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) no 65/2004, se asigna la colza modificada genéticamente (Brassica napus L.) T45, según se especifica en el anexo de la presente Decisión, letra b), el identificador único ACS-BNØØ8-2.
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