Art. 1
En vigor desde 20 ene 2009
Artículo 1
El artículo 1, apartado 15, de la Decisión 1999/70/CE, se sustituye por el texto siguiente:
«15. KPMG queda designado como auditor externo del Bank Ċentrali ta’ Malta/Central Bank of Malta para los ejercicios de 2009 a 2013.».
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