Art. 1

Definiciones

En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 1 Definiciones A efectos de la presente Decisión se entenderá por: a) «Estados miembros participantes», los Estados miembros de la Unión Europea, a excepción de Dinamarca; b) «Estados contribuyentes», los Estados miembros que, con arreglo al artículo 28, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea, contribuyen a la financiación de la operación militar de que se trate, y los terceros Estados que contribuyen a la financiación de los costes comunes de la operación en virtud de acuerdos que han celebrado con la Unión Europea; c) «operaciones», las operaciones de la Unión Europea que tienen repercusiones en el ámbito militar o de la defensa; d) «acciones militares de apoyo», las operaciones o partes de operaciones de la Unión Europea decididas por el Consejo para apoyar a un tercer Estado u organización, que tienen repercusiones en el ámbito militar o de la defensa, pero que no están bajo la autoridad del cuartel general de la Unión Europea.
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eli:dec:2008:975:oj#art-1

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