Art. 1
Definiciones
En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 1
Definiciones
A efectos de la presente Decisión se entenderá por:
a)
«Estados miembros participantes», los Estados miembros de la Unión Europea, a excepción de Dinamarca;
b)
«Estados contribuyentes», los Estados miembros que, con arreglo al artículo 28, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea, contribuyen a la financiación de la operación militar de que se trate, y los terceros Estados que contribuyen a la financiación de los costes comunes de la operación en virtud de acuerdos que han celebrado con la Unión Europea;
c)
«operaciones», las operaciones de la Unión Europea que tienen repercusiones en el ámbito militar o de la defensa;
d)
«acciones militares de apoyo», las operaciones o partes de operaciones de la Unión Europea decididas por el Consejo para apoyar a un tercer Estado u organización, que tienen repercusiones en el ámbito militar o de la defensa, pero que no están bajo la autoridad del cuartel general de la Unión Europea.
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