Art. 1

En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 1 En el ejemplo 9 del anexo 13 de la Instrucción consular común, el primer guión se sustituye por el texto siguiente: «— Se trata de un visado de corta duración con entradas múltiples con período de validez que puede llegar hasta cinco años. En el ejemplo elegido el período de validez se fija en tres años. »
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eli:dec:2008:972:oj#art-1

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