Art. 3
Contenido de las medidas
En vigor desde 16 dic 2008
Artículo 3
Contenido de las medidas
Las medidas que deben tomarse para lograr los objetivos enumerados en el artículo 2 incluirán las siguientes actividades a nivel europeo, nacional, regional o local, relacionadas con los objetivos del Año:
a)
conferencias, eventos e iniciativas para promover el debate y conseguir una mayor sensibilización sobre la importancia de la creatividad y la capacidad de innovación;
b)
campañas de información y promoción para difundir los mensajes clave;
c)
identificación de ejemplos de buenas prácticas y difusión de información sobre la promoción de la creatividad y la capacidad de innovación;
d)
encuestas y estudios de ámbito comunitario o nacional.
Además de las actividades cofinanciadas por la Comunidad con arreglo al artículo 6, tanto la Comisión como los Estados miembros podrán identificar otras actividades que contribuyan a los objetivos del Año y permitir que se mencione el mismo para promover estas actividades en la medida en que éstas contribuyan a lograr los objetivos establecidos en el artículo 2.
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Proeli:dec:2008:1350:oj#art-3