Art. 2
En vigor desde 15 dic 2008
Artículo 2
La denominación del nuevo ingrediente alimentario autorizado mediante la presente Decisión en el etiquetado de los productos alimentarios que lo contengan será «hojas de noni» u «hojas de Morinda citrifolia».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:985:oj#art-2