Art. 1

En vigor desde 15 dic 2008
Artículo 1 El artículo 3 de la Decisión 2001/405/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de “productos de papel tisú”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 4 de enero de 2010.».
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eli:dec:2008:962:oj#art-1

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