Art. 1
En vigor desde 8 dic 2008
Artículo 1
1. Las personas que figuran en el anexo I de la presente Decisión se añaden a la lista que figura en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC.
2. La persona que figura en el anexo II de la presente Decisión se retira de la lista que figura en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC.
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