Art. 2

En vigor desde 5 dic 2008
Artículo 2 La excepción concedida a Irlanda y el Reino Unido, en lo que se refiere a Irlanda del Norte, contemplada en el artículo 33, apartado 1, de la Directiva 2001/14/CE queda prorrogada hasta el 14 de marzo de 2013.
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