Art. 2
En vigor desde 27 nov 2008
Artículo 2
La presente Decisión se aplicará a partir de la fecha fijada en el artículo 1, apartado 1, párrafo primero, de la Decisión 2008/903/CE relativa a la plena aplicación de las disposiciones del acervo de Schengen en la Confederación Suiza (10).
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