Art. 1

En vigor desde 27 nov 2008
Artículo 1 Queda aprobada, en nombre de la Comunidad, la celebración del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, que sustituirá al Convenio de Lugano de 16 de septiembre de 1988. Al depositar su instrumento de ratificación, la Comunidad hará las declaraciones que figuran en los anexos I y II de la presente Decisión. El texto del Convenio se adjunta a la presente Decisión.
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eli:dec:2009:430:oj#art-1

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