Art. 3.tit_1
Excepciones aplicables al envío de cerdos vivos entre Estados miembros desde las zonas mencionadas en la parte I del anexo
En vigor desde 3 nov 2008
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:855:oj#art-3.tit_1