Art. 1

En vigor desde 21 oct 2008
Artículo 1 La ayuda de Estado que Italia tiene previsto ejecutar mediante una modificación del régimen de ayudas N 59/04 relativo al mecanismo de defensa temporal a favor de la construcción naval, que implica un incremento del presupuesto del régimen de 10 millones EUR, es incompatible con el mercado común. Por consiguiente, dicha ayuda no podrá ejecutarse.
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