Art. 1
En vigor desde 13 ago 2008
Artículo 1
Se sustituye el anexo de la Decisión 2007/683/CE por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:674:oj#art-1