Art. 5
En vigor desde 23 jul 2008
Artículo 5
1. La recuperación de la ayuda mencionada en el artículo 3 que ya haya sido puesta a disposición de DHL será inmediata y efectiva.
2. Alemania garantizará que la presente Decisión se aplique en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha de su notificación.
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