Art. 2

En vigor desde 16 jul 2008
Artículo 2 Las ayudas estatales que Italia tiene previsto ejecutar en favor de la empresa siderúrgica Lucchini Siderurgica S.p.A por un importe de 307 808,31 EUR (596 millones ITL) para financiar inversiones en la fábrica de coque distintas de las contempladas en el artículo 1 son incompatibles con el mercado común. Por lo tanto, estas ayudas no pueden ejecutarse.
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eli:dec:2009:389:oj#art-2

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