Art. 11
Elementos neutros
En vigor desde 8 jul 2008
Artículo 11
Elementos neutros
Para determinar si un producto es originario, no será necesario investigar el origen de los siguientes elementos que hubieran podido utilizarse en su fabricación:
a)
la energía y el combustible;
b)
las instalaciones y el equipo;
c)
las máquinas y las herramientas;
d)
las mercancías que no entren ni se tenga previsto que entren en la composición final del producto.
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