Art. 1
En vigor desde 26 may 2008
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Comunidad Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y los Estados miembros el Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Armenia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión (3).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:429:oj#art-1