Art. 1

En vigor desde 7 abr 2008
Artículo 1 La Decisión 2001/80/PESC queda modificada de la siguiente manera: 1) El artículo 4 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 4 Los miembros del Estado Mayor de la Unión Europea estarán sujetos a las normas establecidas en la Decisión 2007/829/CE del Consejo, de 5 de diciembre de 2007, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo (*1). (*1)   DO L 327 de 13.12.2007, p. 10.»." 2) El anexo se sustituye por el anexo de la presente Decisión.
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eli:dec:2008:298(1):oj#art-1

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