Art. 1

En vigor desde 1 feb 2008
Artículo 1 Con efectos a partir del 1 de enero de 2008, los importes en euros de los límites aplicables en materia de adjudicación de contratos públicos quedan fijados del siguiente modo: (EUR) Revisión bienal Límite a 1.1.2006 Límite a 1.1.2008 Artículo 157, letra b) 5 278 000 5 150 000 Artículo 158, apartado 1, letra a) 137 000 133 000 Artículo 158, apartado 1, letra b) 211 000 206 000 Artículo 158, apartado 1, letra c) 5 278 000 5 150 000
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2008:102(1):oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil