Art. 1
En vigor desde 1 feb 2008
Artículo 1
Con efectos a partir del 1 de enero de 2008, los importes en euros de los límites aplicables en materia de adjudicación de contratos públicos quedan fijados del siguiente modo:
(EUR)
Revisión bienal
Límite a 1.1.2006
Límite a 1.1.2008
Artículo 157, letra b)
5 278 000
5 150 000
Artículo 158, apartado 1, letra a)
137 000
133 000
Artículo 158, apartado 1, letra b)
211 000
206 000
Artículo 158, apartado 1, letra c)
5 278 000
5 150 000
Historial de versiones
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Tus anotaciones
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