Art. 1

En vigor desde 10 dic 2007
Artículo 1 Se autoriza al Presidente del Consejo a designar a las personas facultadas para firmar, en nombre de la Comunidad y a reserva de su celebración posterior, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Belarús por el que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Belarús sobre comercio de productos textiles.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2007:861:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil