Art. 1

En vigor desde 28 nov 2007
Artículo 1 La ayuda estatal de un importe de 2 800 000 PLN que Polonia tiene la intención de conceder a Techmatrans con arreglo al plan de reestructuración anteriormente descrito es compatible con el mercado común en el sentido del artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado CE. En consecuencia, se autoriza la ejecución de la ayuda de 2 800 000 PLN anteriormente mencionada.
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eli:dec:2008:272:oj#art-1

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