Art. 2
En vigor desde 3 oct 2007
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, Irlanda, la República Italiana, el Reino de los Países Bajos, la República Portuguesa, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
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