Art. 3
Alcance del estudio
En vigor desde 28 sept 2007
Artículo 3
Alcance del estudio
1. Los Estados miembros llevarán a cabo un estudio para evaluar la prevalencia de Salmonella spp. en cerdos reproductores muestreados en explotaciones de conformidad con el anexo I.
2. El estudio abarcará un período de un año, a partir del 1 de enero de 2008.
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