Art. 1
Aplicabilidad
En vigor desde 27 sept 2007
Artículo 1
El artículo 7 de la Decisión 2006/779/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 7
Aplicabilidad
La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2009.».
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Proeli:dec:2007:630:oj#art-1