Art. 1
En vigor desde 24 ago 2007
Artículo 1
La Decisión 2007/554/CE queda modificada como sigue:
1)
Quedan suprimidos el artículo 10, apartado 2, y el artículo 12.
2)
En el artículo 17 se sustituye «25 de agosto de 2007» por «15 de septiembre de 2007».
3)
Los anexos I y II se sustituyen por el texto del anexo de la presente Decisión.
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli:dec:2007:588:oj#art-1