Art. 1

TRACES

En vigor desde 7 jun 2007
Artículo 1 TRACES Quedan autorizados la ubicación, la gestión y el mantenimiento del sistema TRACES, contemplado en la Decisión 2003/24/CE, por los siguientes importes y con los siguientes objetivos: — 560 000 EUR para la ubicación, — 440 000 EUR para la adquisición del soporte logístico necesario para la asistencia a los usuarios del sistema, — 200 000 EUR para la adquisición del soporte de mantenimiento necesario para adaptar el sistema a los avances jurídicos y técnicos, — 300 000 EUR para los desarrollos informáticos necesarios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2007:390:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil