Art. 1

En vigor desde 5 jun 2007
Artículo 1 Se autoriza al Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, el Reino de los Países Bajos y la República de Polonia a utilizar un total de 521 836 kg de bromuro de metilo para usos críticos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2007, desglosado en las cantidades y categorías de uso específicas contempladas en los anexos I a V.
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