Art. 2

En vigor desde 18 abr 2007
Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, el Reino de España, la República de Finlandia, la República Francesa, la República Helénica, Irlanda, la República Italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
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