Art. 2
En vigor desde 4 abr 2007
Artículo 2
La publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de la referencia de la norma EN 71-1:2005, «Seguridad de los juguetes. Parte 1: Propiedades mecánicas y físicas», deberá ir acompañada de la siguiente nota adicional:
«En el caso de los juguetes proyectiles con ventosas como superficie de impacto, el requisito establecido en el apartado 4.17.1b), según el cual el ensayo de tracción se realiza de acuerdo con el apartado 8.4.2.3, no cubre el riesgo de asfixia que presentan estos juguetes».
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Proeli:dec:2007:224:oj#art-2