Art. 1

En vigor desde 29 mar 2007
Artículo 1 El artículo 3 de la Decisión 2001/405/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “papel tisú”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 4 de mayo de 2008.».
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