Art. 1

En vigor desde 7 mar 2007
Artículo 1 El incentivo fiscal que Portugal tiene previsto conceder a ORFAMA, Organização Fabril de Malhas S.A., por un importe de 921 752 EUR, en relación con su inversión en Polonia, es incompatible con el mercado común, dado que no cumple los criterios establecidos en el artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado CE. Por consiguiente, dicha ayuda no podrá concederse.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2007:494:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil